Decreto del 27 de Junio de 1870, estableciendo gratuitamente la Instrucción Primaria, en virtud de la obligación designada en el Nº 12, articulo 14 de la Constitución y reformando virtualmente la Ley de 1854 Nº 880, que es la 1ª del Código de Instrucción Pública.
ANTONIO GUZMÁN BLANCO
General en Jefe del Ejército Constitucional de la Federación
CONSIDERANDO:
1º Que todos los asociados tienen derecho a participar de los trascendentales beneficios de la instrucción.
2º Que ella es necesaria en las Repúblicas para asegurar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes del ciudadano.
3º Que la instrucción primaria debe ser universal en atención a que es la base de todo conocimiento ulterior y toda perfección moral, y
4º Que por la Constitución federal el poder público debe establecer gratuitamente la educación primaria,
Dado, firmado de mi mano y refrendado por el Secretario de Fomento en Caracas, a
27 de Junio de 1870.-7º y 12º.- Firmado.
GUZMÁN BLANCO.
Refrendado, El Secretario de Fomento, Martín J. Sanabria.
Es copia.- El Subsecretario de Fomento,
Eduardo Castro.
Fuente: Archivo Histórico del Estado Zulia: Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela. Tomo V, Año: 1874. Pp.: 58-65.