¿Quién no reacciona favorablemente ante la emisión de más leyes creyendo que ello es solución de problemas? ¿Pero, qué es mejor, muchas leyes o pocas? La realidad señala que se piensa que es mejor tener muchas. La idea de Saavedra Fajardo, escritor político del Siglo de Oro Español, da una respuesta que es directa y conveniente para los tiempos en los que se ha tomado como algo dado la relación entre la cantidad de leyes y el beneficio probable a los ciudadanos. Quizá la verdad sea la contraria, menos leyes, mayor bienestar. Si Bastiat trata el alcance de la ley Epstein el de su complejidad, ahora Saavedra examina el aspecto cuantitativo
Después de una serie de consideraciones, el autor llega a la idea que se destaca en este resumen. Dice que la multiplicidad de leyes es algo que lastima a las repúblicas. Las leyes, cuando son muchas no causan otra cosa que trastornos y complejidades. Muchas leyes se olvidan y en ese olvido no pueden respetarse, por lo que se desprecian. La sencillez de la ley produce su admiración y respeto; la abundancia de leyes, su desprecio e ignorancia. Cuando hay muchas leyes, se contradicen unas a otras, y hacen nacer diversas interpretaciones u opiniones maliciosas, de donde surgen los litigios y las desavenencias. Las sociedades que se rigen con un exceso de leyes ocupan a la mayoría de los habitantes en los juicios y desperdician tiempo necesario para los campos y los oficios. El trabajo es frenado por la abundancia de leyes. El exceso de leyes, entonces, es causa de complicaciones innecesarias, del desprecio a lo legal, de pleitos y de pérdida de tiempo. Más aún, el exceso de leyes hace que muchos malos sean señores de los buenos y que unos pocos buenos sean sustento de los muchos malos. Son allí los tribunales bosques de facinerosos y quienes hablan de cuidar los intereses del pueblo son en realidad la cadena que los sujeta con crueldad. Las muchas leyes son pues más frenos que alientos.
Sigue el autor mencionando las malas consecuencias de la abundancia de leyes. El que promulga muchas leyes disemina por todas partes obstáculos en los que todos caen. Por esto, asevera Saavedra, es que Aristóteles ha dicho que unas pocas leyes son suficientes para los casos graves, pues del resto puede encargarse el juicio natural. Ninguna calamidad interior de las repúblicas es tan principal como la de la abundancia de leyes. No hay razón por la que deben añadirse a la ligera nuevas leyes a las ya existentes, pues no hay exceso que no haya ya acontecido, ni inconveniente que no se haya padecido ya. Lo sucedido en el pasado puede, por tanto ser usado en el presente sin necesidad de cambios.
Introduce ahora el autor un elemento adicional, el de las modificaciones a las leyes. Mejor es gobernada, dice, la sociedad que tiene leyes fijas aunque sean ellas imperfectas; mejor aún es esa sociedad que la de otra en la que las leyes son alteradas con frecuencia. Los antiguos labraban en bronce las leyes para exhibir su permanencia y Dios las esculpió en piedra. Bastantes son ya las leyes que existen en las sociedades y lo que es de conveniencia es que su variedad no las haga más equívocas, inciertas e inseguras, creando oscuridad, embrollos y pleitos.
No puede ser buena una sociedad en la que muchos, como forma de vida, alzan y levantan litigios, demandas y juicios. Al igual que muchos médicos no sanan a un enfermo, tampoco muchos letrados, procuradores y escribanos traen con ellos más justicia. No es de provecho a las repúblicas que se coloque demasiada diligencia en el examen de los derechos con cargo a la serenidad de las personas y sus bolsillos.
La abundancia de leyes y disposiciones legales, realizada sin duda con la intención de hacer más justa y mejor a la sociedad, puede estar produciendo un efecto contrario al deseado. Muchas leyes muy cambiantes hacen que en algún momento todo ciudadano esté fuera de la ley. Y eso produce desprecio a la ley misma, por no mencionar confusiones, pérdidas de tiempo y mal uso de recursos.
Diego de Saavedra Fajardo (1584-1648) Empresas o Idea de un príncipe político cristiano representada en cien empresas, coedición del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y Editorial Océano de México MCMCCIX, Empresa XXI pp. 287-292. El original fue publicado en 1640.